Trabajos realizados en el extranjero: exención en el IRPF
Si durante este año has trabajado en el extranjero, lo que te voy a contar te interesa porque puede ahorrarte algunos miles de euros en tu declaración de la Renta.
Existe un artículo en la Ley del IRPF, en concreto el artículo 7p, que establece un beneficio fiscal clave para los contribuyentes residentes en España que han realizado parte de su actividad laboral en el extranjero. En particular, permite la exención de los rendimientos del trabajo obtenido fuera del territorio, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Esto significa que dejas de tributar, es decir, DEJAS DE PAGAR IMPUESTOS por aquella remuneración asociada a tu trabajo en el extranjero y en beneficio de esa empresa extranjera, hasta un máximo de 60.100€.
Requisitos para aplicar esta exención
- Residente fiscal en España: debes permanecer en España más de 183 días.
- Trabajo efectivo en el extranjero: debes desempeñar tu trabajo fuera de España.
- Empresa beneficiaria extranjera: la empresa a la que prestes tus servicios debe estar situada en el extranjero.
- Impuesto análogo al IRPF: el país donde realizas el trabajo debe tener también un impuesto similar al IRPF. Este requisito se cumple si existe un convenio para evitar la doble imposición entre España y el país donde se presta el servicio.
¿Cómo me lo puedo aplicar?
Existen, a mi juicio 3 formas de poderlo aplicar.
La primera de ellas es que se aplique directamente sobre la nómina, por lo tanto, es la empresa quien debe hacer los cálculos. En este caso, se excluye de tributación el salario bruto de los días en los que el trabajador ha permanecido en el extranjero.
La segunda forma es que se aplique directamente en la Renta. En este caso, es el propio empleado que realiza los cálculos y lo excluye de tributar de su propia declaración de la Renta. Sin embargo, la Agencia Tributaria no suele estar muy conforme con esta aplicación “directa” y suele revisar aquellas declaraciones de Renta que la aplican.
La tercera forma es, a mi juicio, la forma más segura de hacerlo. El trabajador realiza su declaración de la Renta y paga las retenciones que a juicio de la Agencia Tributaria le corresponderían. A su vez, se prepara un escrito en el que se alegan las razones y los fundamentos que permiten defender la aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjeros. Esta es la vía más segura de hacer la solicitud y se conoce como solicitud de ingresos indebidos, de modo que se pone a la AEAT en la obligación de resolver de forma activa sobre nuestra solicitud y a motivar la resolución en caso de denegación.
Estos escritos ya suelen ir acompañados de toda la documentación necesaria que justifica nuestra petición. En caso de que la Agencia Tributaria lo deniegue (desgraciadamente más habitual de lo que nos gustaría, ya sabemos cómo va la Administración), puede acudirse a los Tribunales Económico-Administrativos, que son un organismo independiente de la Agencia Tributaria y suelen examinar las peticiones con más “delicadeza”.
¿Qué documentación necesito?
Será importante disponer de la siguiente documentación:
- Billetes de avión.
- Facturas de hoteles.
- Facturas al cliente extranjero por los trabajos realizados.
- Certificado de la empresa que documente los días que has trabajado en el extranjero.
Como ya sabemos cómo juega Hacienda y lo exquisita que se suele poner cuando intentamos aplicar nuestros derechos para ahorrar algo de impuestos, será imprescindible que guardes toda aquella documentación que pueda demostrar que efectivamente has estado en el extranjero, incluso extractos de tu tarjeta por el café que te tomaste cuando fuiste a repostar gasolina.
¿Necesitas ayuda con la exención del 7p?
Aunque se haya explicado de forma bastante detallada, entendemos que no es fácil y menos cuando tienes a Hacienda en el otro lado.
Si tienes dudas sobre cómo aplicar esta exención o necesitas asesoramiento personalizado, no dudes en ponerte en contacto conmigo. Te ayudaré a analizar tu caso y a asegurarte de que cumples con todos los requisitos para beneficiarte de este incentivo fiscal. Puedes conocerme mejor aquí.
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